¿Cómo facturar los gastos de luz al inquilino?

Daniel Rodriguez Díaz
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En el alquiler de una vivienda, uno de los temas que más dudas genera es cómo facturar los gastos de luz al inquilino de forma legal y transparente. Ya sea porque el suministro está a nombre del propietario o porque se busca mayor control del consumo, lo cierto es que hay varias formas de proceder, cada una con implicaciones legales y fiscales. En esta guía detallada explicamos cuándo es legal hacerlo, qué modalidades existen, cómo calcular el consumo proporcional, y cómo emitir la factura correctamente, con consejos para evitar conflictos.

¿Cuándo es legal facturar la luz al inquilino?

Para que un propietario pueda facturar la luz a un inquilino, debe existir un acuerdo expreso en el contrato de arrendamiento. Según la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), los gastos por suministros deben estar pactados por escrito. Si el contrato no lo menciona, el inquilino no tiene la obligación legal de asumir el coste de la luz.

Por tanto, incluir una cláusula clara sobre la repercusión de los suministros es fundamental. En esa cláusula se puede establecer que el inquilino pagará el 100 % del gasto de luz, o solo una parte si el espacio es compartido. Esta condición protege tanto al arrendador como al arrendatario frente a futuros malentendidos.

Además, si se va a aplicar una submedición (medidores individuales o cálculo proporcional), esto también debe estar especificado en el contrato.

Modalidades de facturación

Existen varias formas de facturar el consumo de luz a un inquilino, y la elección dependerá de quién sea el titular del contrato eléctrico y del tipo de arrendamiento:

  • Contrato de luz a nombre del inquilino: Es la forma más sencilla. El inquilino contrata la luz directamente con la comercializadora y recibe la factura de consumo a su nombre. No requiere facturación por parte del propietario.
  • Contrato de luz a nombre del propietario: En este caso, el propietario repercute el gasto al inquilino. Esto puede hacerse de tres maneras:
    • Submedición: Se instala un medidor independiente para calcular el consumo exacto del inquilino.
    • Cuota fija mensual: Se pacta una cantidad fija, revisable anualmente.
    • Prorrata: Se divide el consumo total en función de criterios como superficie ocupada o número de personas.

Sea cual sea el método, es fundamental que quede documentado y aceptado por ambas partes.

Pasos para emitir la factura de luz

Si el gasto de luz recae sobre el propietario y este desea emitir una factura al inquilino, estos son los pasos a seguir:

  1. Obtener la factura original de la compañía eléctrica correspondiente al periodo en cuestión.
  2. Calcular la parte proporcional del consumo atribuible al inquilino, ya sea por días de estancia, metros cuadrados o submedidor.
  3. Elaborar la factura incluyendo los siguientes datos:
    • Datos del emisor (propietario) y del receptor (inquilino).
    • Concepto claro del servicio (repercusión de luz).
    • Base imponible, tipo de IVA, e importe total.
    • Fecha, número de factura y forma de pago.
  4. Si aplica, incluir retenciones del IRPF y conservar una copia.

Este documento debe tener validez fiscal si se desea declarar correctamente los ingresos por arrendamiento.

Cómo calcular la parte proporcional del consumo

Cuando no se cuenta con un contador independiente, hay que calcular el consumo proporcional de forma justa. Aquí te presentamos dos métodos comunes:

  • Por días de ocupación: Si el inquilino ha estado 20 días en la vivienda durante un mes con factura de 90 €, el cálculo sería: (90 € / 30 días) x 20 días = 60 € a pagar
  • Por superficie o número de personas: En pisos compartidos, se puede dividir el total entre el número de habitantes. Ejemplo: 3 personas en total, 1 inquilino → 90 € / 3 = 30 €

También se puede usar una fórmula híbrida, como días y superficie combinados, si las condiciones lo permiten.

En caso de contar con submedidores, el cálculo es mucho más preciso: solo se factura el consumo real del inquilino según la lectura del dispositivo.

Facturación: IVA, retenciones y documentación

Al emitir una factura por repercusión del gasto de luz, es obligatorio aplicar el IVA correspondiente. En el caso de suministro eléctrico, se aplica el 21 % de IVA sobre la base imponible.

Además, si el arrendador es autónomo o empresa, puede estar obligado a practicar una retención de IRPF del 19 %, que se calcula sobre el total base más gastos.

Es muy importante conservar:

  • La factura original de la compañía eléctrica.
  • La copia de la factura emitida al inquilino.
  • El contrato de arrendamiento con cláusulas claras sobre el reparto de suministros.

Toda esta documentación es clave tanto en caso de conflicto como para justificaciones fiscales.

Consejos para evitar conflictos

Para mantener una relación fluida y sin malentendidos con tu inquilino, te recomendamos aplicar estos consejos:

  • Incluye siempre una cláusula específica sobre los suministros en el contrato de alquiler.
  • Entrega copias de las facturas originales para justificar los importes facturados.
  • transparente con los cálculos y mantén una comunicación abierta y regular.
  • Si es posible, instala submedidores para cada unidad arrendada, lo que aporta objetividad y confianza.
  • Pacta la forma y periodicidad del pago: mensual, bimestral o trimestral.

Una gestión clara y profesional evita roces innecesarios y favorece el cumplimiento puntual por parte del inquilino.

¿Qué hacer en caso de desacuerdo?

Si el inquilino no está de acuerdo con el importe facturado, conviene:

  1. Revisar juntos los cálculos y la documentación.
  2. Aportar copias de las facturas y justificación del método usado.
  3. Si el conflicto persiste, se puede iniciar un proceso de mediación.
  4. Como último recurso, recurrir a asesoría legal especializada para revisar el contrato y ejercer los derechos correspondientes.

Tener un historial ordenado de facturación y comunicación escrita con el inquilino puede marcar la diferencia en estos casos.

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