- Si hay fuga de agua, ¿Quién paga la factura? - junio 17, 2025
- ¿Quién debe pagar la tasa de basuras en un piso de alquiler? - junio 16, 2025
- ¿Cómo facturar los gastos de luz al inquilino? - junio 15, 2025
La tasa de basuras es una de esas obligaciones que suele generar confusión entre propietarios e inquilinos. ¿Quién debe asumir su pago? La respuesta depende del contrato, de si se ha pactado por escrito y, desde abril de 2025, también de la nueva normativa. En este artículo desglosamos los tres escenarios principales: cuando no hay cláusula, cuando sí la hay, y cómo afecta la Ley 7/2022.
¿Qué es la tasa de basuras y cómo se cobra?
La tasa de basuras es un tributo de carácter municipal que financia la recogida y tratamiento de residuos sólidos urbanos. No es un impuesto estatal ni autonómico, por lo que su cuantía y modalidad de cobro varían en función del municipio.
Algunas ciudades la integran en el IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles), otras la facturan en el recibo del agua, y algunas la gestionan de forma totalmente independiente. En general, los importes oscilan entre 30 y 140 euros anuales, aunque pueden ser mayores según el valor catastral del inmueble o el número de empadronados en la vivienda.
Responsabilidad legal: el propietario como sujeto pasivo
En términos legales, la obligación de pagar la tasa de basuras recae en el propietario, ya que la tasa grava la titularidad del inmueble, no su uso. Así como el IBI, el sujeto pasivo es quien aparece como titular en el catastro, y este es el propietario.
Por tanto, si no se ha pactado nada en el contrato de alquiler, la responsabilidad será siempre del arrendador.
Posibilidad de traslado al inquilino (art. 20 LAU)
No obstante, el artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) permite trasladar este gasto al inquilino, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos:
- Debe aparecer expresamente recogido en el contrato.
- Debe indicarse el importe anual de la tasa.
- Ambas partes deben haberlo acordado libremente.
Este punto es crucial: si no hay cláusula escrita, el propietario no puede reclamar después el importe al inquilino.
Nueva normativa (Ley 7/2022 y tasa desde 10 abril 2025)
La Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados, establece que a partir del 10 de abril de 2025 todos los municipios deben aplicar una tasa específica por generación de residuos.
Con esta nueva norma, el sujeto pasivo será el ocupante efectivo del inmueble, es decir, el inquilino. Sin embargo, esta obligación no es retroactiva: si el contrato está firmado antes del 10 de abril de 2025 y no lo contempla, el propietario seguirá siendo responsable del pago durante la vigencia del contrato.
Cómo debe reflejarse en el contrato
Para que el inquilino asuma legalmente la tasa, es imprescindible que el contrato de arrendamiento lo recoja de forma clara y detallada. Una cláusula tipo podría ser:
“El arrendatario se hará cargo del pago de la tasa municipal de recogida de residuos urbanos, cuyo importe anual asciende a XX €. El pago se efectuará anualmente mediante transferencia bancaria junto con la mensualidad del mes de enero.”
Este tipo de redacción evita conflictos posteriores y aporta transparencia al acuerdo.
¿Y si el contrato ya está firmado?
En los contratos ya firmados donde no se incluye ninguna cláusula, el propietario no puede exigir el pago con efecto retroactivo. La única forma de modificar esta condición es mediante un anexo adicional, acordado y firmado por ambas partes.
Cualquier intento unilateral de modificar esta condición podría considerarse nulo de pleno derecho.
Casos prácticos y ejemplos municipales
La aplicación de la tasa varía de forma considerable según la ciudad:
- Madrid: la tasa se repercute a través del IBI, y su coste depende del valor catastral. Puede rondar entre los 60 y 130 euros anuales.
- Barcelona: suele estar vinculada al recibo del agua y puede incluir criterios como el número de empadronados.
- Valencia: el recibo es independiente, y ronda los 90 euros anuales para una vivienda media.
- San Sebastián y Logroño: aplican tasas que varían por zonas y tamaño del inmueble.
En algunas ciudades, la tasa puede venir integrada y pasar inadvertida. En otras, se emite como recibo separado, lo que facilita su negociación.
Recomendaciones para inquilinos y propietarios
Tanto inquilinos como propietarios deben tener en cuenta las siguientes recomendaciones:
- Revisar el contrato detenidamente antes de firmar.
- Solicitar el importe exacto de la tasa al ayuntamiento correspondiente.
- Negociar la inclusión o exclusión de la tasa de basuras con antelación.
- Comprobar si la tasa ya está incluida en el IBI o el agua.
- Explorar posibles bonificaciones por familia numerosa, jubilados o bajos ingresos.
- Tener presente el impacto de la nueva normativa a partir de abril de 2025.
Preguntas frecuentes sobra la tasa de la basura
1. Si no hay cláusula, ¿quién paga?
El propietario. La tasa no puede trasladarse sin acuerdo expreso.
2. ¿Puede el propietario exigirlo después?
No, salvo que se modifique el contrato mediante un anexo firmado por ambas partes.
3. ¿Se puede repercutir en alquiler turístico?
En estos casos, como no hay contrato de arrendamiento tradicional, suele asumirlo el propietario, aunque depende de la normativa local.
4. ¿Qué pasa si no se paga la tasa?
El ayuntamiento puede sancionar al titular registral. Si es el inquilino quien debe pagar por contrato y no lo hace, el propietario puede reclamar o incluso iniciar un procedimiento de desahucio, aunque esto último es poco habitual.