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A la hora de alquilar una vivienda, una de las preguntas más comunes es: ¿quién debe asumir los honorarios de la inmobiliaria?. Esta cuestión ha sido motivo de debate durante años y ha cobrado aún más relevancia con los recientes cambios legislativos en España.
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Conocer esta información no solo te permitirá evitar malentendidos, sino también proteger tus derechos como arrendador o arrendatario, especialmente si recurres a una agencia inmobiliaria para gestionar el contrato de alquiler.
Cambios legislativos recientes en España
Hasta hace poco, la práctica más extendida era que el inquilino asumiera el coste de la comisión de la inmobiliaria, incluso cuando era el propietario quien contrataba sus servicios. Sin embargo, esta costumbre ha empezado a cambiar con la entrada en vigor de la Ley de Vivienda de 2023.
La nueva normativa establece que los honorarios inmobiliarios corren a cargo de la parte que contrata el servicio. Es decir, si es el arrendador quien encarga a la agencia la gestión del alquiler, él deberá abonar la comisión correspondiente. De esta forma, se busca proteger al arrendatario, que tradicionalmente ha sido la parte más débil en la relación contractual.
Este cambio se aplica a los alquileres de vivienda habitual. No obstante, la ley deja margen a posibles interpretaciones y excepciones, por lo que es recomendable revisar cada contrato antes de firmarlo.
Obligaciones del arrendador y del arrendatario
Con la ley actual, las responsabilidades económicas entre arrendador y arrendatario han quedado más claras, aunque siguen existiendo casos particulares. En términos generales:
- El arrendador debe asumir la comisión inmobiliaria si ha contratado a la agencia para gestionar el alquiler.
- El arrendatario no tiene obligación de pagar honorarios si no ha solicitado los servicios de la agencia.
- Si el inquilino contacta voluntariamente con una inmobiliaria que le busca un piso, y firma un acuerdo previo, entonces sí podría ser responsable del pago.
Además, es común que los honorarios se calculen como un mes de alquiler, más el IVA correspondiente. En algunos contratos, también se incluyen gastos por gestión o formalización del contrato, que deben especificarse claramente.
Es importante leer detenidamente cada cláusula antes de firmar. Si se establece que el inquilino paga la comisión pese a que no contrató la agencia, podría tratarse de una cláusula abusiva.
Casos especiales y excepciones
La legislación sobre los honorarios inmobiliarios en alquileres no se aplica igual en todos los casos. Existen excepciones y situaciones específicas donde las condiciones pueden variar:
- Alquileres turísticos: No se consideran vivienda habitual, por lo que no se aplica la Ley de Vivienda de 2023. En este caso, las partes pueden pactar libremente quién asume los costes de la agencia.
- Alquileres de temporada: Lo mismo ocurre con contratos por menos de un año, como los firmados por estudiantes o trabajadores desplazados temporalmente.
- Alquiler de habitaciones: En pisos compartidos gestionados por inmobiliarias, puede haber acuerdos específicos. Es esencial que estén por escrito y firmados por ambas partes.
- Gestiones compartidas: En algunos casos, tanto el arrendador como el arrendatario utilizan los servicios de la agencia. Entonces, el pago puede repartirse, aunque esto debe estar documentado y aceptado previamente.
Consejos para inquilinos y propietarios
Tanto si eres propietario como si estás buscando un piso como inquilino, estos consejos te ayudarán a evitar sorpresas:
- Lee siempre el contrato antes de firmar. Asegúrate de que no te están imponiendo cláusulas abusivas.
- Pregunta quién contrató a la inmobiliaria. Si fue el propietario, no deberías asumir la comisión.
- Si eres arrendador, asegúrate de que el pago de la comisión queda reflejado claramente en la factura de la agencia.
- Si eres inquilino y te exigen pagar sin haber solicitado el servicio, puedes reclamar ante organismos de consumo o asociaciones de defensa del consumidor.
- Mantén todos los pagos documentados y solicita recibos.
Recursos y asistencia legal
En caso de duda o conflicto sobre quién debe pagar los honorarios de la inmobiliaria, puedes acudir a diferentes recursos:
- Organismos de consumo de tu comunidad autónoma.
- Asociaciones de inquilinos, como Alquiler Seguro o Sindicat de Llogateres.
- Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria (COAPI).
- Servicios jurídicos especializados, tanto privados como ofrecidos por asociaciones de consumidores como FACUA o la OCU.
Consultar a un profesional te permitirá conocer tus derechos y resolver posibles conflictos de forma legal y eficaz.